La multas por conducir tras tomar drogas, ¿para todos por igual?
Cuando un conductor se pone al volante después de haber consumido drogas, debe tener claro que le espera una sanción si le pillan tras un test. Pero, ¿es constitucional la prohibición de conducir tras ingerir sustancias estupefacientes? Un juez español, concretamente de Vitoria, ha abierto el debate tras reclamar al Tribunal Constitucional que se pronuncie sobre la supuesta inconstitucionalidad de artículos de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que establecen el no poder circular con presencia de drogas en el organismo.
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El juez cuestiona que se sancione a quien da positivo en un control policial sin que sea necesario acreditar que haber tomado drogas influya en cómo conduces.
Todo esto viene después de que un conductor diese positivo por cannabis y fuese multado con 1.000 euros y la pérdida de seis puntos del carnet de conducir. El hombre se planteó el porqué de que no se pueda conducir con presencia de drogas en el organismo, pero sí bajo efectos de aquellas sustancias que te recete un médico y con una finalidad terapéutica, cuando estas ultimas pueden tener unos efectos brutales.
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Así pues, el juez vitoriano ha puesto un debate sobre la mesa: ¿es constitucional prohibir conducir tras ingerir drogas, sin que nadie demuestre que el consumo influye o no en la conducción? El juez afirma que se utiliza la sanción para evitar el consumo de las sustancias estupefacientes, no para evitar accidentes.
Sin que haya habido una reacción oficial, mi opinión es que mejor no tomes drogas antes de ponerte al volante, pero en el futuro tendrías que ser tú quien decida si estás en condiciones para conducir sin que afecte a la seguridad de nadie, no quien te haga el próximo test de drogas.
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